Norma Oficial Mexicana que fue emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación, entrando en vigor el 23 de octubre del 2019.
Su objetivo principal es identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Su aplicación rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo sin excepción alguna y los criterios de cumplimiento dependen del número de trabajadores.
Los Factores de riesgo psicosocial (FRP) son aquellos elementos y condiciones peligrosas e inseguras que se encuentran dentro del centro de trabajo y afectan el bienestar del colaborador, originando problemas cognitivos, fisiológicos, conductuales y emocionales, como trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia, estrés grave o de adaptación; impactan directamente en los colaboradores y la empresa, ya que desencadena una baja motivación en los colaboradores, genera mayor rotación de personal, ausentismo laboral, bajo desempeño en las actividades y pérdida de la productividad, por lo que el centro de trabajo deberá trabajar en distintas técnicas y estrategias para identificar los riesgos, prevenirlos, disminuirlos y proteger la salud de sus trabajadores.
Por el no cumplimiento se impondrán multas de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA); la infracción se dará de acuerdo con el número de colaboradores y de lineamientos no cumplidos en el centro de trabajo.
Sabías que:
- México ocupa el 1er lugar en estrés laboral.
- 75 de cada 100 mexicanos sufren estrés, (Organización Mundial de la Salud).
- 85% de las empresas no cuidan a su talento humano y carecen de estrategias para reducir su rotación, así como para mejorar su clima laboral.
Tener claros los problemas que enfrenta tu empresa y tus empleados te permitirá desarrollar estrategias que promuevan una mejora en la organización, y así reducir problemas que impactan directamente en el crecimiento organizacional.
Lic. Merari Bonilla Arreola
Consultor Sr.
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