El impuesto predial es una obligación que se debe cumplir en su pago de forma bimestral de acuerdo al artículo 131 del Código Fiscal para la Ciudad de México.
Es importante mencionar que el citado artículo contempla que en caso de que se opte por el pago anual del impuesto de forma anticipada, se contemplan los siguientes beneficios:
- 8% de descuento por el pago anticipado del impuesto predial si este se realiza en el mes de enero.
- 5% de descuento por el pago anticipado del impuesto predial si este se realiza en el mes de febrero.
Lic. Rogelio Rosales Rodriguez
Gerente de Impuestos Locales
0 comentarios