El Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación dio a conocer las estrategias para la revisión interna del dictamen de las obligaciones que tienen los patrones ante el IMSS, las cuales se mencionan a continuación:
Previo al inicio de la revisión será responsabilidad del Jefe de Departamento de Auditoría, la revisión interna del dictamen validando el cumplimiento del patrón o sujeto obligado los siguientes aspectos:
- Pagos en efectivo por concepto de alimentos o habitación no integrados al salario base de cotización.
- Pagos en efectivo por concepto de previsión social (ayuda de educación, deportes, gastos médicos, útiles escolares, anteojos, transporte, entre otros) no integrados al salario base de cotización.
- Los planes de pensiones de patrones dictaminados, e identificar pagos o aportaciones que no cumplan con el registro o los requisitos establecidos por la CONSAR, para los planes de pensiones.
- Pagos de indemnizaciones por enfermedades o accidentes no acontecidos.
- Excedentes en los pagos por conceptos de despensa, premios de puntualidad, asistencia y horas extras.
- Fondo de ahorro y otros conceptos no integrables al salario, en los que existan dudas razonables de su naturaleza.
- Pagos por concepto de días de descanso semanal obligatorio laborados.
- Alto número de personal de honorarios (personas físicas) y asimilables a sueldos y salarios no contemplados por el patrón como sujetos de aseguramiento.
- Conceptos posiblemente integrables identificados en la balanza de comprobación como son: comisión sobre ventas, pago de prestación de servicios de nómina, honorarios a personas físicas, maquilas, cuotas sindicales, bonos y gratificaciones no incluidos en el anexo de remuneraciones y/o en la cédula de detalle de remuneraciones, etc.; atendiendo al postulado básico de importancia relativa.
- Pagos efectuados a personas físicas, comisionistas, honoristas, asimilados a salario, maquilas, destajos.
- Incumplimientos detectados en el Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC), o en su caso el Sistema de Afiliación de los Trabajadores de la Industria de la Construcción (SATIC).
- Subcontratación de servicios de personal en los casos que apliquen.
Criterios para iniciar revisión del dictamen
Las subdelegaciones podrán iniciar la revisión cuando se cuente con elementos o indicios de alguna irregularidad fehaciente. Entre los criterios a considerar para realizar las propuestas de revisión de dictamen se señalan de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
- Sectores económicos considerados para su revisión por parte de la UFC o la USE
- La información obtenida en la herramienta tecnológica para la determinación del riesgo y los demás aplicativos que se tengan disponibles
- Los elementos que tengan las subdelegaciones para determinar irregularidades u omisiones del patrón o sujeto obligado, las cuales de manera enunciativa más no limitativa se señalan a continuación:
- Identificación de patrones o sujetos obligados que lleven a cabo prácticas irregulares en el cumplimiento de sus obligaciones o respecto de los cuales se presuma están llevando a cabo conductas de evasión o elusión fiscal.
- Revisiones a patrones o sujetos obligados con diferencias regularizadas en RID de ejercicios anteriores.
- Dictámenes presentados presencialmente, por periodo de obra, con antecedentes de fiscalización o corrección que se presentan de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del RACERF.
- Dictámenes electrónicos que una vez presentados, el CPA, patrón o sujeto obligado hayan manifestado por escrito adecuaciones a la información del mismo.
- Denuncias de los trabajadores, sus beneficiarios o representantes, debidamente registradas para su control y seguimiento, con soporte documental.
- Análisis del cumplimiento oportuno de obligaciones patronales en materia de seguridad social.
- Cruce de información de fuentes internas.
- Cruce de información de fuentes externas, consolidadas a partir del intercambio de información con otras autoridades.
- Cambios derivados de la modificación al marco normativo y/o legal aplicable, (reformas a leyes laborales, etc.).
- Información de terceros.
- Dictámenes de dictaminadores con antecedentes de sanción.
- Las demás que se obtengan de la herramienta tecnológica de riesgo patronal disponible.
Criterios para determinar la existencia de una relación laboral
Cuando la irregularidad se refiera a pagos a personas físicas y no sea aclarada, a efecto de determinar la existencia de la relación laboral, el auditor deberá considerar lo siguiente:
- Se otorga capacitación por parte del patrón o sujeto obligado para desempeñar el servicio.
- Existe supervisión y dirección por parte del patrón o sujeto obligado para desempeñar el servicio.
- Se dan informes o avances del trabajo desarrollado.
- Existe prestación del servicio en las instalaciones del patrón o sujeto obligado.
- Existe cumplimiento de órdenes precisas, verbales o escritas de parte del patrón o sujeto obligado para desempeñar el servicio.
- Se otorgan materiales, útiles o instrumentos de trabajo, por parte del patrón o sujeto obligado para desempeñar el servicio.
- Se necesita autorización del patrón o sujeto obligado para delegar a otros profesionales el trabajo encomendado.
- Se tiene personal del patrón o sujeto obligado a su cargo.
- Existe preponderancia económica con el patrón dictaminado.
- Existe exclusividad en la prestación del servicio.
- Se reciben órdenes precisas, verbales o escritas de parte del patrón o sujeto obligado para que el personal contratado acuda a determinado lugar y hora a realizar el servicio encomendado.
- La actividad de la empresa.
- La actividad que desarrolla la persona física.
- Se cuenta con contrato de prestación de servicios profesionales.
- Son servicios personales subordinados.
- Existe poder de mando y deber de obediencia.
- Que su actividad sea permanente.
C.P. Hugo Enrique González García
SubGerente de Auditoría de Seguridad Social
Referencia: IDC
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