Plan Maestro 2024 del Servicio de Administración Tributaria

por | Ene 31, 2024 | Sin categoría | 0 Comentarios

El pasado 22 de enero de 2024 el Servicios de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer su Plan Maestro para este año, del cual incluso emitieron un comunicado destacando el uso de inteligencia artificial (IA) para optimizar sus procesos de fiscalización, recaudación y atención al contribuyente.

 

En lo que corresponde a los procesos de fiscalización, el SAT plasmó en su Plan Maestro la implementación de modelos de analítica de grafos y machine learning (aprendizaje automático) para la clasificación de contribuyentes que consideren de riesgo, la identificación de redes complejas de elusión y evasión fiscal, y la detección de inconsistencias en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) asociadas con el contrabando de mercancías y empresas fachada, para revisar primordialmente los rubros siguientes: Actividades vulnerables, aplicaciones improcedentes de saldos a favor de IVA, impuestos de comercio exterior, impuestos internos, mercado de combustibles, operaciones simuladas, simulación de pensiones y tercerización de pago de nóminas.

 

Como resultado de las diversas facultades de control y fiscalización que la autoridad fiscal ha llevado a cabo,  en concordancia con el análisis de la información que se obtiene con base en la facturación electrónica, la autoridad fiscal ha detectado diversos comportamientos o seudo estrategias utilizadas por empresarios con la finalidad de disminuir o, incluso, evitar el pago de contribuciones; muchas de estas estrategias que no atienden a una razón de negocios y que generan una gran afectación al Estado Mexicano; todo lo cual ha motivado que la autoridad fiscal, cada año, fortalezca el ejercicio de sus facultades para combatir tales conductas.

 

Con relación a este Plan Maestro, la propia autoridad se ha decantado por concentrar sus esfuerzos en 15 conductas que podrán ser más susceptibles de fiscalización, a saber:

  • Para contribuyentes que usen planes privados de pensiones, asimilados a salarios, subcontratación y personas que tributen bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para evadir o eludir el correcto pago de nómina en sus negocios o empresas.
  • Empresas con reestructuras corporativas en las que se tengan efectos fiscales como consecuencia de escisiones, fusiones y reestructuras internacionales.
  • Contribuyentes que lleven a cabo enajenaciones de acciones y otros intangibles.
  • Contribuyentes que lleven a cabo aplicaciones indebidas de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado (IVA), ya sea por llevar a cabo operaciones a tasa del 0% de IVA, o por ser no objeto de dicho impuesto o por el IVA de importación.
  • Contribuyentes que efectúen una aplicación indebida de pérdidas y estímulos fiscales, así como de aquéllos que tributen en regímenes preferentes, en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  • Contribuyentes que lleven a cabo acreditamientos del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), de forma indebida.
  • Revisión a aquellos contribuyentes que sean socios o accionistas en operaciones asociados a reestructuras corporativas.
  • Contribuyentes respecto los cuales la autoridad detecte incumplimientos en programas IMMEX (Programas de las Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación), importaciones temporales y permisos de importación.
  • Contribuyentes a los que se les detecte el uso indebido de beneficios contenidos en Tratados internacionales y relacionados con verificación de origen de mercancías.
  • Contribuyentes que utilicen financiamientos, capitalización y pasivos y distribución de utilidades.
  • Importadores a los que se les detecte subvaluación basada en una incorrecta valoración aduanera o clasificación arancelaria, así como aquellos que presenten declaraciones inconsistentes en los pedimentos.
  • Aquellos contribuyentes que utilicen esquemas de fideicomisos, así como empresas de intermediación crediticia.
  • Plataformas tecnológicas, de comercio y cobros electrónicos.
  • Seguimiento al cumplimiento de obligaciones de controles volumétricos.
  • Revisiones a operaciones de comercio exterior y realización de operativos de combate al contrabando.

 

De lo anterior, se advierte que la autoridad fiscal ha detectado diversas conductas utilizadas por las empresas para disminuir o eludir el pago de contribuciones; por lo que en la etapa inicial de la fiscalización, que consiste propiamente en la planeación, se revisará mediante IA la información con que cuenta la autoridad fiscal, primordialmente proveniente de CFDI y declaraciones (tanto de contribuciones como informativas) para detectar este tipo de conductas y analizar los posibles riesgos, de manera que se logre una recaudación efectiva como consecuencia del ejercicio de facultades de comprobación instauradas.

 

Si bien las facultades de comprobación de las autoridades fiscales son discrecionales, atendiendo a las conductas antes descritas el SAT se concentrará en los sectores de contribuyentes que con motivo de sus actividades son más susceptibles a llevar a cabo ese tipo de conductas, que son los siguientes: Automotriz, de bebidas alcohólicas y cigarros, comercio mayorista y minorista, construcción, electrónicos, entretenimiento y espectáculos, farmacéutico, hidrocarburos, hotelería y alojamiento, logística y transporte, metalúrgico, paquetería y mensajería, plataformas tecnológicas, publicidad, seguros y servicios financieros, servicios inmobiliarios, servicios privados de educación y servicios privados de salud.

 

Debido a ello, recomendamos a los contribuyentes que para evitar posibles actos de control (castas invitación, revisiones profundas, restricción del Certificado de Sello digital, etc.) o, incluso de fiscalización de parte del SAT (visita domiciliaria, revisión de gabinete o revisión electrónica, entre otras), implementen medidas de prevención y mejores prácticas, como las siguientes:

  • Especial cuidado en el llenado correcto de los CFDI y sus complementos correspondientes, y verificar que los comprobantes fiscales reflejados en su contabilidad coincidan con los que existen en la base de datos del SAT.
  • Procurar verificar, en la medida de lo posible, que sus proveedores cumplan con sus obligaciones fiscales.
  • Presentación oportuna y correcta de las declaraciones de contribuciones, así como de las diversas declaraciones informativas.
  • Mantener un adecuado y completo soporte documental de las operaciones que realicen, así como el oportuno registro en contabilidad, de manera que se pueda demostrar la materialidad de las operaciones respectivas.
  • Asesorarse correctamente con respecto a la posible aplicación de beneficios o estímulos fiscales.
  • Atender debida y oportunamente a las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades.

 

Para todo ello, nuestro equipo de profesionales expertos de Hegewisch López Consultores podrá brindarles el apoyo y asesoría necesaria para el debido cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Por eso somos “el mejor socio estratégico de negocios”.

 

Mtro. Luis Fernando Balderas Espinosa

Abogado y Asesor Fiscal

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