Nuevo esquema integral para trabajadores independientes

por | Dic 13, 2023 | Sin categoría | 0 Comentarios

En beneficio de los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados, el IMSS ha dispuesto un esquema integral de Seguridad Social simplificado para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio de este sector de la población.

 

Este esquema de aseguramiento, también permite que los mexicanos que trabajan y laboran en el extranjero, puedan afiliarse IMSS al no tener un patrón en México. Al incorporarse a la prueba piloto para Personas Trabajadoras Independientes, cuentan con la posibilidad de acceder a un esquema de seguridad social aplicable a ellos y a sus beneficiarios legales, para recibir servicios médicos y prestaciones sociales en territorio nacional.

 

Beneficios

Al estar afiliadas al IMSS, las personas trabajadoras independientes disfrutarán de:

  • Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica.
  • Pensión por invalidez y vida.
  • Fondo para el retiro.
  • Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

 

Beneficiarios

  • Cónyuge o concubina(rio).
  • Hijos.
  • Padre y madre.

 

Al incorporarte al IMSS como trabajador independiente, tendrás derecho a la cobertura de los siguientes seguros, de igual manera que los trabajadores del Régimen Obligatorio:

  • Seguro de Enfermedades y Maternidad
  • Seguro de Riesgos de Trabajo
  • Seguro de Invalidez y Vida
  • Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  • Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales

 

Prestaciones sociales

Se proporcionan mediante programas de promoción de salud, cultura y deporte; educación higiénica, sanitaria, prevención de accidentes y enfermedades; impulso y desarrollo de actividades culturales; cursos de adiestramiento técnico y capacitación para el trabajo; centros vacacionales; establecimiento y administración de velatorios.

 

De la asignación o localización del NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL de las personas trabajadoras independientes.

Para realizar el pago de las cuotas obrero patronales se requiere que las personas trabajadoras independientes tramiten su NSS, mismo que se puede asignar o localizar en la página de Internet del Instituto www.imss.gob.mx, o acudiendo a la Subdelegación que corresponda al domicilio del trabajador.

 

Las personas trabajadoras independientes deberán cubrir por mes adelantado el monto correspondiente a las cuotas obreras y patronales conforme al salario profesional diario reportado, mediante el trámite, dentro del aplicativo que el Instituto dispone para tal efecto.

 

Se tendrá hasta el día 20 del mes calendario para realizar el pago de las cuotas obrero patronales del mes, a efecto de iniciar la cobertura de los seguros de Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como Guarderías y Prestaciones Sociales, el primer día calendario del mes inmediato siguiente al pago. En caso de que el día 20 del mes calendario sea día inhábil, la fecha límite de pago será el primer día hábil inmediato posterior.

Fuente IMSS y DOF 13/01/2021

 

C.P. Hugo Enrique González García

Subgerente de Auditoría de Seguridad Social

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