Método de pago ¿PUE o PPD?

por | Oct 10, 2022 | Sin categoría | 0 Comentarios

De acuerdo a las guías de llenado de los CFDI (versión 3.3 y 4.0), el método de pago PUE debe utilizarse cuando ya fue pagada la contraprestación o cuando se tiene la certeza que se pagará dentro del mes de emisión.

 

Cuando no se cobre una factura con PUE o se cobre parcialmente dentro del mes en que se emitió, se debe cancelar y emitir otra factura con PPD y expedir los complementos de pago correspondientes.

 

¿Qué pasa si un ingreso se factura hasta el mes siguiente?

 

De acuerdo a lo expuesto anteriormente, dado que la contraprestación ya fue cobrada, el método de pago “debe ser PUE”.

 

En la determinación de los impuestos, se considera en el mes en que se percibió el ingreso, sin embargo, el criterio de la autoridad es que todas las facturas emitidas con PUE, fueron cobradas en ese mes, luego entonces, la autoridad lo considera cobrado en el mes siguiente y así se generan diferencias, -motivo de las invitaciones-.

 

FECHA EN QUE SE PAGÓ FECHA DEL CFDI METODO DE PAGO CUANDO SE CONSIDERO PARA IMPUESTOS CUANDO LO CONSIDERA LA AUTORIDAD
31/08/2022 04/09/2022 PUE AGOSTO SEPTIEMBRE

 

Al respecto no hay ninguna precisión, si bien es cierto que ya fue cobrado al momento de expedir el CFDI, en función a las invitaciones que están llegando y que el ingreso corresponde a otro mes, en estos casos se sugiere poner PPD y elaborar el complemento de pago correspondiente.

 

METODO DE PAGO ¿CUANDO APLICARIA?
PUE Cuando sea pagado en el mes de expedición
PPD Cuando no se pague en el mes de expedición

 

Existe la obligación de elaborar un CFDI cuando se reciben anticipos, sin embargo, en la práctica muchas veces no se hace y pasa lo del punto anterior.

 

Las guías de llenado también establecen que cuando el método de pago es PUE la forma de pago no puede ser “99 Por definir”, debe tener 01, 02, 03 etc. y cuando dice PPD, sólo puede decir en la forma de pago “99 Por definir”. En caso de que no se cumpla con estos criterios deberán cancelarse y emitirse de la manera correcta

 

Lo anterior podemos resumirlo de la siguiente manera:

 

c_MetodoPago c_FormaPago observación
PUE 01, 02, 03, 04, 05, 06, 08, ,12, 13, 14, 15, 17, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31. cuando se pague en el mes de emisión
PPD 99 cuando no se pague en el mes o se pague parcialmente

 

 

L.C. Blanca Laura Juárez Coronado

Gerente de Asesoría Fiscal

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