Mejoras a las NIF 2022

por | Nov 16, 2022 | Sin categoría | 0 Comentarios

NIF B-17 Determinación del valor razonable

 

Incorporación de riesgos en el valor razonable de un pasivo

 

Se modifica el párrafo 46.1.1

 

EL CINIF considera conveniente incluir los conceptos de riesgo de crédito e incumplimiento y su explicación, para entender mejor la determinación del valor razonable de cualquier tipo de pasivo financiero. Por esa razón se modifica el párrafo 46.1.1

 

El valor razonable de un pasivo debe reflejar el efecto del riesgo de incumplimiento, que es el riesgo de que una entidad no satisfaga una obligación el cual incluye, pero no se limita, al riesgo de crédito propio de la entidad, que es la pérdida que un pasivo financiero puede causar al tenedor del instrumento financiero, al no cumplir la entidad con su obligación el pago del mismo.  Por ejemplo, pueden existir dos instrumentos financieros emitidos por la misma entidad e idénticos en todos sus términos, excepto que uno tiene colateral y el otro no; por lo tanto, es más grande el riesgo de incumplimiento del que no tiene colateral. Se asume que el riesgo de incumplimiento es el mismo antes y después de la transferencia del pasivo.

 

Fuente: Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF)

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