¿Cómo saber si estoy obligado a la Ley FATCA?

por | Ago 28, 2023 | Sin categoría | 0 Comentarios

¿Que es FACTA?

Podemos decir que FATCA es conocida como la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras, esta Ley fue aprobada por el Congreso de Estados Unidos de Norte América el día dieciocho de marzo del año dos mil diez, y en esta Ley se requiere que las Instituciones Financieras fuera de los Estados Unidos, identifiquen a sus clientes con obligaciones fiscales en aquel país en base a su Ciudadanía Estadounidense.

 

Evidentemente la finalidad de éste marco jurídico es evitar la evasión fiscal de contribuyentes estadounidenses que obtienen beneficio económicos y fiscales fuera de los Estados Unidos de América, mediante la identificación de cuentas y productos financieros que mantienen en Instituciones Financieras Extranjeras.

 

Como un dato estadístico, es importante mencionar que el Comité Mixto de Tributación del Congreso, estimó en ese año que el potencial recaudatorio de FATCA, era aproximadamente $7.67 billones de dólares, esto a lo largo de los primeros 10 años siguientes a la aplicación de la Ley.

 

Objetivos

Dentro de los principales objetivos que éste cuerpo normativo persigue encontramos lo siguiente:

  • Identificar y reportar las cuentas bancarias que los contribuyentes estadounidenses tienen fuera de su país.
  • Prevenir que los contribuyentes estadounidenses utilicen cuentas financieras fuera de los Estados Unidos con el fin de evadir impuestos.
  • Obtener información de cuentas correspondientes a personas físicas o jurídicas estadounidenses en el extranjero.

 

México y el FACTA

 Considerando los acuerdo de intercambio de información y colaboración internacional que nuestro país ha celebrado con los Estados Unidos de Norte América, en particular aquellos que buscan lograr el establecimiento de prácticas comunes en los reportes financieros entre ambas naciones a través de sus instituciones financieras, así como su debida diligencia en las prácticas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, el día 19 de noviembre de 2012, incluyeron dentro de sus Acuerdos, uno específico para Mejorar el Cumplimiento Fiscal Internacional Incluyendo con la información necesaria para el cumplimiento del FATCA.

 

En virtud de lo anterior, y al tratarse de un acuerdo internacional, las autoridades hacendarias de nuestro país, se encontraban facultadas conjuntamente con las disposiciones de orden doméstico, para requerir a las instituciones financieras que instrumentaran mecanismos internos que les permitieran obtener de sus clientes la información necesaria para cumplir con los requerimientos de aquella Nación.

 

Quien deberá reportar tratándose de FATCA

Ahora bien, para identificar el alcance y supuestos aplicables en términos de la Ley que nos ocupa, es necesario remitirnos al Acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América para mejorar el cumplimiento fiscal internacional incluyendo respecto de FATCA, el cual se encuentra contenido en el Anexo 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023.

 

Es importante mencionar que el referido acuerdo, es un documento sumamente robusto, que consta aproximadamente de 47 fojas, y en el cual se establecen de forma clara los alcances entre una situación o hipótesis jurídica en la que se encuentra en contribuyente previstos

 

En dicho anexo, se establecen definiciones para conocer el alcance y aplicación del sujeto obligado, así como los compromisos que deben ser cumplidos por las instituciones pertenecientes a nuestro sistema financiero.

 

El propio Acuerdo establece en su contenido excepciones para la aplicación de la Ley, entre las cuales resaltan las siguientes:

 

  • Fondos que califican como Beneficiarios Efectivos Exentos. 

Instituciones de seguros de pensiones y de supervivencia (renta vitalicia) conforme a lo definido en el artículo 159, fracción IV de la Ley del Seguro Social.

  • Fondo de Pensiones de un Beneficiario Efectivo Exento. 

Un fondo establecido en México por un beneficiario efectivo exento para proporcionar beneficios de retiro, discapacidad o muerte a los beneficiarios o participantes que sean o hayan sido empleados del beneficiario efectivo exento

 

¿Ante quien recae la obligación FATCA?

 

Para poder identificar responsabilidades respecto a ésta Ley, podemos mencionar que la AUTOCERTIFICACIÓN, es el proceso en el que una Institución Financiera solicita a los Titulares de las cuentas abiertas en ésta, que certifiquen determinados detalles sobre sí mismos, esto con el objeto de poder determinar el país/los países en los que son residentes fiscales. 7

 

En ese sentido las Instituciones financieras se encuentran obligadas a recopilar dicha información.

 

De ésta forma, es que la única responsabilidad que recaerá sobre los clientes del sistema financiero, será la de proporcionar la información requerida por la institución bancaria, para que puedan cerciorarse de la aplicación o no del marco jurídico que nos ocupa.

 

La información que se deberá proporcionar, entre otra, se encuentra la siguiente:

 

México- Estados de América

  • Nombre, Dirección y TIN de cada cuentahabiente (persona especifica de EUA).
  • Nombre y número de la Institución Financiera de México Sujeta a reportar.
  • Número de cuenta o equivalente.
  • Saldo promedio mensual o valor de la cuenta durante el año calendario.
  • Cuenta en Custodia: Monto bruto total de intereses, dividendos y cualquier otro ingreso derivado de los activos que se mantengan en la cuenta.
  • Cuenta de Depósito: Monto bruto total de intereses pagados o acreditados en la cuenta.
  • Otras Cuentas: Monto bruto pagado o acreditado.

 

Estados Unidos de América- México

  • Nombre, Dirección y TIN Mexicano de cualquier persona que sea residente en México y sea el cuentahabiente de la cuenta.
  • Nombre y número de la Institución Financiera de México Sujeta a reportar.
  • Número de cuenta o equivalente.
  • El monto bruto de interéses pagados a una cuenta de depósito.
  • El monto bruto de dividendos con fuente de riqueza en EUS pagados o acreditados a la cuenta.
  • El monto bruto de otros ingresos con fuente de riqueza en EUA pagados o acreditados a la cuenta, en la medida en que estén sujetos a reportar de conformidad con el Código de Rentas Internas de los EUA.

 

Conclusión

Es de suma tener muy claro que la Ley FATCA resulta aplicable únicamente a aquellos ciudadanos de nacional norte americana, con independencia de que de los mismos sean personas físicas o personas morales, ya que existen casos en donde el beneficiario final de una operación, resultaría ser el ciudadano norteamericano inmerso en un robusto y complicado esquema corporativo.

 

De igual forma, es importante reiterar que la obligación recae en las instituciones financieras, ya que serán ellas las fuentes de información que se deberán enviar a las autoridades norteamericanas, siendo él cuenta habiente o cliente del banco, quien deberá de proporcionar cierta información.

 

En Hegewisch López Consultores, contamos con un equipo de profesionistas expertos en la materia, que te brindan la mejor alternativa para el correcto cumplimiento de la Ley, evitando así la imposición de sanciones por parte de las autoridades competentes.

 

Lic. Edgar Mauricio Castillo Hernández

Gerente de Cumplimiento en Materia de Actividades Vulnerables

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