Recientemente el Gobierno de la CDMX, con el objetivo de incrementar la recaudación por concepto de IMPUESTO PREDIAL, ha comenzado una campaña mediante cartas invitación (exhorto o requerimiento de pago) a través de las cuales informa a los contribuyentes de omisiones, adeudos o diferencias y solicitando el pago inmediato de las mismas.
Es importante analizar dichas cartas, ya que la autoridad en ocasiones ha ejercido acciones administrativas mas agresivas como puede ser la colocación de sellos en el inmueble.
Recordemos que el impuesto predial es una obligación que es de origen es auto determinable, es decir, que el contribuyente tiene la facultad de realizar su propio cálculo en base a diferentes factores establecidos en la ley.
La base del Impuesto Predial es el valor catastral del inmueble, el cual se debe determinar mediante la aplicación de valores unitarios del suelo y construcciones, sobre la superficie de su inmueble.
Es por ello, que la PROPUESTA DE PAGO (exhorto o requerimiento de pago) que emite la autoridad, debe ser revisada, esto en beneficio de los contribuyentes, con la única finalidad de determinar el cálculo correcto para el pago de dicho impuesto.
Conclusión:
Analizar este acto administrativo de forma oportuna, tendrá como beneficio de los contribuyentes la correcta aplicación del calculo de impuesto predial y por ende el pago correcto del mismo.
Lic. Rogelio Rosales Rodriguez
Gerente de Impuestos Locales
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