Eliminación del requisito de escrituración: Un avance en la adjudicación de bienes rematados

por | Ene 21, 2025 | Sin categoría | 0 Comentarios

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad del artículo 496 del Código Federal de Procedimientos Civiles, el cual obligaba a la persona que hubiera adquirido un bien en un remate, a obtener la escritura del bien antes de que pudiera tomar posesión de éste.

 

Como antecedente, el pasado 22 de febrero de 2023, la Primera Sala de La Corte, al resolver el amparo en revisión 340/2019, declaró la inconstitucionalidad del precepto aludido, al considerar que la escrituración, como requisito previo para la toma de posesión del bien rematado, no es necesaria para que la adjudicación tenga certeza y seguridad jurídica, así como publicidad, por lo tanto, le solicitó a la Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad del artículo 496 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

 

Recordemos que, a través de las declaratorias generales de inconstitucionalidad se expulsan del sistema jurídico las normas generales (no tributarias contrarias) a los derechos humanos previstos en la Constitución Federal y los tratados internacionales.

 

Dicha declaratoria es correcta, ya que el efecto de la escrituración de un bien es meramente declarativo y no constitutivo del derecho de propiedad, además de que existen otros mecanismos que, sin restringir el derecho de propiedad, brindan certeza y publicidad a la adjudicación del bien inmueble, entre ellas, las actuaciones judiciales relativas a la aprobación del remate y la consecuente adjudicación, las cuales constituyen el acto por el cual se transmite la propiedad.

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