Actualización 2025: UMA, UMI, Salario Mínimo y Prima de Riesgo de Trabajo

por | Ene 30, 2025 | Sin categoría | 0 Comentarios

La Unidad de Medida y Actualización (UMA)

El día 9 de enero 2025 EL INEGI público los valores actualizados de la UMA para 2025 quedando con un valor de $113.14

 

La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.

 

La UMA sirve principalmente para:

  • Pago de obligaciones, multas, impuestos
  • Determinar topes para prestaciones y aportaciones sociales.

 

 

UNIDAD MIXTA INFONAVIT (UMI) 2025

El pasado 10 de enero de 2025, el INFONAVIT actualizo su página en la sección de Avisos y eventos empresariales, en donde publicó el valor de la UMI para el 2025

 

La UMI para el 2025 quedará en $100.81, como puede observarse es el mismo valor de 2024.

 

En breve se espera que el Instituto Mexicano del Seguro Social emita una actualización Al Sistema Único de Autodeterminación (SUA), ya que la versiona actual no permite que el valor de la UMI sea el mismo que el del ejercicio 2024

 

SALARIO MINIMO

19 de diciembre de 2024, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) en su edición matutina dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos salarios mínimos generales y profesionales que habrán de regir a partir del 1 de enero de 2025.

 

El salario mínimo para 2025 quedó en $ 419.88 pesos diarios por jornada diaria de trabajo en el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) y para la Zona del Salario Mínimo General (ZSMG) el salario mínimo será de $ 278.80 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo.

 

PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO

En el mes de febrero se debe presentar la Declaración de Prima de Riesgo de Trabajo

 

Art.74 LSS. “Las empresas tendrán la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, conforme al periodo y dentro del periodo que señale el reglamento, para determinar si permanece en la misma prima disminuye o aumenta.”

 

Art. 32, fracc. V RACERF. “Los patrones deberán presentar al Instituto, durante el mes de febrero, los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas. El Instituto deberá dar aviso al patrón cuando califique algún accidente o enfermedad de trabajo, o en caso de recaída con motivo de éstos.”

 

Antes de realizar el cálculo de la prima de riesgo deberás contar con formatos específicos, los cuales son los sig.:

  • ST-7 Aviso de atención medica inicial y calificación del probable accidente de trabajo. (solo se considera “EN EMPRESA” y “EN COMISIÓN”)
  • ST-9 Aviso de atención medica inicial y calificación de probable enfermedad de trabajo
  • ST-2 Dictamen de alta por riesgo de trabajo
  • ST-3 Dictamen de incapacidad permanente parcial o defunción por riesgo de trabajo
  • Certificado de incapacidad temporal

 

Es importante mencionar que las empresas podrán consultar en el portal del IMSS los riesgos de trabajo de los que tiene conocimiento el IMSS, esto los ayuda a obtener información para determinar correctamente la prima, la cual se aplicará de marzo 2025 a febrero 2026.

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