El 12 de noviembre de 2021 se reforma el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente a partir del 01 de enero del 2022, dicha reforma establece que, al momento de realizar la cancelación de los CFDI se indique el “motivo” de la cancelación
“01” Comprobantes emitidos con errores con relación.
“02” Comprobantes emitidos con errores sin relación.
“03” No se llevó a cabo la operación.
“04” Operación nominativa relacionada en una factura global.
No Cancelable: Comprobantes que tengan al menos un documento relacionado vigente. A excepción de aquellos en donde se registre como motivo de cancelación la clave “01” comprobante emitido con errores con relación.
CFDI QUE NO REQUIEREN ACEPTACIÓN
PROCESO DE CANCELACIÓN DE CFDI SIN ACEPTACIÓN CON DOCUMENTOS RELACIONADOS
PROCESO DE CANCELACIÓN DE CFDI SIN ACEPTACIÓN SIN DOCUMENTOS RELACIONADOS
PROCESO DE CANCELACIÓN DE CFDI CON ACEPTACIÓN CON DOCUMENTOS RELACIONADOS
PROCESO DE CANCELACIÓN DE CFDI CON ACEPTACIÓN SIN DOCUMENTOS RELACIONADOS
L.C. Blanca Laura Juárez Coronado
Asesor Fiscal
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