Uso del CFDI 4.0
Fue publicado en el año 2022. Esta nueva versión implica cambios al Complemento para Recepción de Pagos (CRP) 2.0 y a la Constancia de Retenciones e Información de Pagos (CRIP) 2.0.
La versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) prevé diversos nuevos requisitos entre los que destacan el nombre, el código postal y el régimen fiscal del receptor, estos datos deben coincidir al punto y coma con los datos contenidos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Los CFDI versión 3.3 y 4.0 se encuentran en un periodo de convivencia que iba a concluir el 31 de diciembre del 2022, no obstante, ahora convivirán por tres meses más.
A inicio de noviembre, el fisco federal anunció una prórroga hasta el último día de marzo del 2023. Por lo cual el 1º de abril ya solo se podrá utilizar la versión 4.0 del CFDI y sus complementos y constancias.
Con motivo de la implementación del CFDI 4.0., los contribuyentes comenzaron a solicitar los datos fiscales a sus empleados y, esto implicó que muchos trabajadores acudieran a las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a obtener su Constancia de Situación Fiscal (CSF).
Formas en que se puede Obtener la Constancia de Situación Fiscal (CSF).
A. Portal del SAT: Ingresar a sat.gob.mx a la sección de Otros trámites y servicios, dar clic en Genera tu Constancia de Situación Fiscal.
Solo se necesita el RFC y Contraseña o firma electrónica (e.firma) vigente.
B. SAT Móvil: Descargar la aplicación SAT Móvil desde cualquier celular o tableta con conexión a internet.
Solo se necesita el RFC y Contraseña.
C. SAT ID: Ingresar a SAT ID desde cualquier celular o tableta con conexión a internet. Solo se necesita:
Identificación oficial vigente.
RFC a 13 posiciones.
Correo electrónico personal.
Número de teléfono celular a 10 posiciones.
D. Acudir a una oficina del SAT para obtener su constancia, lo pueden hacer sin necesidad de una cita, únicamente requieren llevar una identificación oficial y conocer su RFC completo.
En la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, la autoridad prevé un mecanismo para que los patrones obtengan la información fiscal de sus empleados directamente de la base de datos del SAT.
Regla 2.7.1.48. Para los efectos de los artículos, 27, apartado B, fracciones I y VII, 29, primer párrafo, fracción III, en relación con el 29-A, primer párrafo, fracción IV, todos del CFF, en relación con el artículo 26 del Reglamento del CFF, quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán solicitar a la autoridad fiscal a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de las personas a quienes les realizan los referidos pagos, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la citada Ley.
Las personas obligadas a emitir los CFDI, podrán realizar por única ocasión la solicitud a que se refiere el párrafo anterior, de conformidad con la ficha de trámite 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, contenida en el Anexo 1-A.
Con esta herramienta del SAT ahora sabremos si el nombre y el código postal coincide o no con el registrado en el RFC. El servicio únicamente se limita a informar si los datos coinciden o no coinciden, pero no indica cuáles son, en su caso, los datos correctos.
C.P. E.S.S. Gilberto Velázquez Fortiz
Socio Director de Administración de Personal
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