El expediente administrativo se integra con la documental desde el inicio del procedimiento de fiscalización hasta la emisión del acto administrativo recurrible.
Mientras que la instrumental de actuaciones se refiere a todas aquellas documentales y pruebas que se han agregado al proceso, ya sea durante el recurso administrativo en sede o durante el juicio contencioso administrativo.
Es importante señalar que el fundamento del expediente administrativo es el artículo 24 de la ley federal de derechos del contribuyente, que incluye la documental privada aportada por el contribuyente en el proceso de fiscalización, sin necesidad de mencionarlo, y a su vez es aplicable tanto para el recurso de revocación como para el juicio de nulidad.
Lic. Gustavo Flores Maldonado
Gerente de Litigio Fiscal
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