Introducción

El Programa de Regularización Fiscal 2025, implementado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) conforme a la Ley de Ingresos de la Federación 2025, otorga importantes beneficios fiscales a las personas físicas y morales que desean ponerse al corriente con sus obligaciones tributarias de ejercicios anteriores, siempre que sus ingresos no excedan los 35 millones de pesos.

¿En qué consiste el estímulo fiscal?

  1. Condonación del 100 % en multas, recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones federales propias, retenidas o trasladadas, así como cuotas compensatorias correspondientes al ejercicio fiscal 2023 o anteriores.
  2. Facilidad de pago:
    • El pago debe hacerse en una sola exhibición a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
    • Alternativamente, se permite el pago en hasta seis parcialidades, siempre que la última se pague a más tardar el 30 de noviembre de 2025.

Requisitos para ser elegible

Para poder acceder a los beneficios del programa, usted debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener ingresos para efectos del ISR hasta por 35 millones de pesos.
  • No haber recibido condonaciones, reducciones o beneficios similares en programas anteriores, como los del 20 de mayo de 2019 (Decreto), ni en años 2000, 2007 o 2013.
  • No estar sujeto a una sentencia firme por delitos fiscales ni estar en los listados de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación, vinculados con operaciones simuladas (EFOS, EDOS).

Modalidades de regularización

El programa contempla varias situaciones bajo las cuales usted puede solicitar el estímulo:

Situación del contribuyenteRequisito principal
Adeudos no determinados por la autoridadPresentar la declaración correspondiente y solicitar línea de captura mediante caso de aclaración o cita presencial.
Irregularidades detectadas por facultades de comprobaciónCorregir de manera voluntaria dentro del plazo y solicitar estímulo antes de la resolución definitiva.
Créditos fiscales a plazos (saldo pendiente al 1 de enero de 2025)Exigir el saldo actualizado y pagarlo en una sola exhibición.
Créditos fiscales firmes (no impugnados o desistidos)Aceptar íntegramente el crédito fiscal, desistirse de medios de defensa y solicitar el estímulo vía caso de aclaración o cita en el portal del SAT.

¿Cómo realizar la solicitud?

  • La solicitud debe presentarse en el portal del SAT, ingresando a “Mi Portal” → Servicios por Internet → Servicio o solicitudes → Solicitud (Trámite: ESTÍMULO FISCAL LIF 2025). Incluya:
    • Un escrito libre donde manifieste que el crédito fiscal es firme y describa claramente montos de contribución, actualización, recargos y multas conforme al Trigésimo Cuarto transitorio de la LIF.
  • El SAT emitirá la línea de captura (FCF) en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de presentación de su solicitud.
  • Una vez obtenido el FCF, efectúe el pago en tiempo y forma en las instituciones autorizadas (TESOFE).
  • Después, presente la declaración correspondiente y acredite el pago realizado.

Recomendaciones clave

  • Presente la solicitud antes del 30 de septiembre de 2025, ya que es la fecha límite para acceder al estímulo.
  • Asegúrese de cumplir con los requisitos y proporcionar datos claros en el escrito.
  • Pague dentro de los plazos y evite impugnar créditos fiscales si desea conservar el beneficio.
  • Aproveche servicios de atención como MarcaSAT, chat “uno a uno”, Oficina Virtual y CitaSAT para resolución de dudas.